
Ministro Hugo Aguilar ve “decadencia” en el servicio público
Ministro Hugo Aguilar ve “decadencia” en el servicio público mexicano
El ministro Hugo Aguilar Ortiz cuestionó que la Corte renuncie a dar contenido a la expresión “modo honesto de vivir”, al considerar que, ante las condiciones actuales del país, resulta necesario establecer principios y parámetros objetivos para el ejercicio de la función pública.
El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Hugo Aguilar Ortiz, señaló una “decadencia” en el servicio público de México.
El ministro hizo estas declaraciones durante la discusión de un asunto relacionado con el requisito constitucional denominado “modo honesto de vivir”, utilizado para acceder a determinados cargos públicos.
El debate se centró en una disposición de Baja California Sur que establecía dicho requisito para ocupar la Dirección de Atención para las Personas Indígenas y Afromexicanas.
Aguilar Ortiz cuestionó que la Corte renuncie a dar contenido a la expresión “modo honesto de vivir”, al considerar que, ante las condiciones actuales del país, resulta necesario establecer principios y parámetros objetivos para el ejercicio de la función pública.

Me cuesta admitir que la Corte renuncie a darle contenido a esta fórmula”, señaló el ministro, al advertir que actualmente no existen suficientes principios éticos que regulen la actuación de quienes ejercen funciones públicas.
“Si (el modo honesto de vivir) es una expresión Constitucional, creo que se le debe dar contenido, no solo la Corte en este caso, sino fundamentalmente el Legislativo, o sea el Legislativo tiene que establecer algunos parámetros objetivos de cómo se tiene que ejercer la función pública, no solo en este caso, sino para todos los casos, de lo contrario estaríamos diciendo que son asideros que no se pueden exigir a ninguna persona, y por tanto la función publica se puede ejercer al arbitrio de cada uno de los funcionarios”, expresó.

El concepto de “modo honesto de vivir” ha sido objeto de diversos debates dentro de la Suprema Corte. El máximo tribunal ha señalado en distintos casos que se trata de una expresión amplia que puede generar problemas de interpretación y resultar discriminatoria cuando se utiliza como requisito en leyes secundarias.
En la sesión, la SCJN determinó, por siete votos contra dos, invalidar el artículo de Baja California Sur que establecía el “modo honesto de vivir” como requisito para ocupar el cargo de Director de Atención para las Personas Indígenas y Afromexicanas.
Con información de López-Dóriga Digital Foto: Especial Photo by Jeannette Flores/ObturadorMX/Getty Images

