Doblegó el temor a los magistrados del TEPJF
Doblegó el temor a los magistrados del TEPJF. Tras La Verdad, Por Héctor Parra Rodríguez.
En mi artículo del viernes, antes de que resolvieran los magistrados, comenté que devolverían el expediente de la cancelación de registros al INE, para abrir la puerta a varios de los candidatos que habían sido eliminados de la contienda. El TEPJF ni revocó ni confirmó. Eso sí, dio órdenes al Consejo General para que resuelva nuevamente sobre la cancelación de registros, haciendo un “exhaustivo” análisis, considerando el supremo derecho humano a ser elegidos por el voto popular y, en su caso graduar la sanción entre apercibimiento, multa o cancelación.
No crean que soy adivino, ni un buen analista jurídico, no, tuve la oportunidad de leer el proyecto de sentencia que publicó el magistrado ponente Reyes Rodríguez Mondragón, sobre los diversos recursos de apelación que interpusieron los inconformes, para lo cual se formó el expediente acumulado SUP-JDC-416/2021. Dos de los magistrados no estuvieron de acuerdo con el proyecto, la mayoría lo aprobó; lo mismo que sucedió con el acuerdo del Consejo General del INE, no todos los consejeros apoyaron la cancelación de los registros.
De tal suerte que algunos de los reprobados van a examen extraordinario, tal vez ahí logren acreditar la nueva evaluación de conocimientos. Lo que sí quedó claro en la “noble” sentencia, los magistrados confirmaron que Mario Delgado y su partido llamado Morena, son considerados responsables de la tremenda exhibida. Pero, como pocos leen las sentencias, pasan desapercibidas las consideraciones de los magistrados.
Sin lugar a duda los consejeros darán oportunidad a más de alguno de los reprobados reduciendo la máxima sanción impuesta; algunos serán multados, otros, los menos serán amonestados. Por cierto, el TEPJF dejó firme la resolución de la multa impuesta a Morena por varios millones de pesos. Seguramente es lo que menos les importa, para este año gozan de más de mil millones de pesos prerrogativas, dinero que antes aborrecían y hoy lo disfrutan a placer. Dinero producto de los impuestos de los contribuyentes.
De paso comento que la promesa hecha por Morena, de donar la mitad de ese dinero para la compra de vacunas, ha sido incumplida. Seguramente esperarán al resultado de las elecciones, dado que deben gastar todo para armar el fraude electoral que piensan llevar a cabo, para eso requieren mucho dinero.
Bien. Para una exacta y clara comprensión de lo resuelto por los magistrados, me permito transcribir lo asentado en el punto 8, De los Efectos de la Sentencia, así evitaremos especulaciones o malas interpretaciones.
Va: “En atención a los argumentos previamente desarrollados, lo procedente es confirmar la resolución impugnada en lo que respecta a la multa del partido político MORENA y revocar la sanción respecto de los precandidatos para que el CG del INE en un plazo de cuarenta y ocho horas contadas a partir de que se le notifique la presente sentencia, califique nuevamente la falta cometida por los precandidatos investigados y realice la individualización correspondiente, a efecto de que determine cuál es la sanción que resulta adecuada para inhibir este tipo de conductas, en el entendido de que si lo considera, la pérdida o cancelación del registro sigue siendo una sanción disponible para la autoridad administrativa electoral”.
“Lo anterior, a la luz de la interpretación conforme de las normas legales aplicables, realizada por este órgano jurisdiccional federal”.
Continúa. “Asimismo, esta Sala Superior considera que, en el caso concreto, es necesario el establecimiento de determinados criterios que el INE deberá tomar en cuenta necesariamente al momento de calificar la falta e individualizar la sanción, como lo son los siguientes”: “En la imposición de cualquier sanción, la autoridad debe determinar cuidadosamente el objetivo de la sanción en contra de un posible efecto perjudicial al goce de los derechos protegidos”.
Más razonamientos. “Para valorar la gravedad de las irregularidades se deben considerar aspectos tales como”:
“a. Valorar la voluntad o disponibilidad procesal del sujeto obligado a presentar el informe dentro del plazo establecido en la normativa electoral”;
“b. El momento en que fue presentado el informe y si con ello se permitió o no a la autoridad ejercer su función fiscalizadora”;
“c. La naturaleza y los bienes jurídicos que se ponen en riesgo o se afectan”;
“d. Las circunstancias particulares objetivas y subjetivas en las que, en todo caso, se cometió la infracción”.
“e. Si hubo una intencionalidad y los medios de ejecución, valorando cuestiones como si se intentó encubrir la violación”;
“f. El monto económico o beneficio involucrado”; “y g. Su impacto o trascendencia en la fiscalización, rendición de cuentas y la equidad”.
Los magistrados no decidieron el fondo del asunto. Pero obligan a los consejeros a doblegarse y dar apertura a los registros. Siguen los efectos de la sentencia. “Asimismo, para el efecto de graduar correctamente la sanción, la autoridad responsable deberá valorar el tipo de gravedad de la violación atribuida a los precandidatos (sic) a la gubernatura de Guerrero; es decir, si esta fue ordinaria, especial o mayor, y considerar los efectos de la gravedad en los bienes jurídicos tutelados como son la rendición de cuentas, la transparencia y la certeza en el ejercicio del gasto y la aplicación de los recursos durante el periodo de precampañas”.
¿Qué les pareció? También dan la oportunidad de entrar al ámbito de la mera especulación, aspecto eminentemente subjetivo para “valorar”, lo que está prohibido en Derecho, las pruebas son las que demuestran o las acciones en estudio. Volverán a repensar si levantan el castigo, lo modifican o de plano lo confirman.
La pretensión de los magistrados es clara: abran la puerta a los castigados ¿a quiénes? Eso está por verse en los próximos 2 días, contados a partir de la notificación, la que seguramente ya fue ejecutada vía internet. Así que, para el lunes sabremos si al delincuente de Félix Salado Macedonio, le mutan la sanción por una más leve, a fin de no afectar su derecho humano a ser votado (ojalá fuese botado y no votado). El TEPJ a los pies del Poder Ejecutivo.
Tras La Verdad / Por: Héctor Parra Rodríguez
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